Se estudia desde tres puntos fundamentales:
a)
Como modo de acercarse al estudio del derecho
b)
Como teoría
c)
Como ideología
Como modo de acercarse al
estudio del Derecho, en este sentido el positivismo se ocupa en la realidad de
los tribunales y se aprecia como el conjunto de reglas cuya validez deriva del hecho de estar puestas por cierta
autoridad y por el hecho de ser seguidas
por aquellos que deben aplicarlas. La ciencia del derecho debe proporcionar
esquemas de decisión al legislador.
El positivismo será aquel
que asume una actitud valorativa y éticamente profesional, esto es que acepta
como criterio para distinguir una regla jurídica de una no jurídica la
derivación de hechos verificables. La ciencia del derecho debe ocuparse de lo
que es y no de lo que debe ser.
Como teoría en este caso el positivismo
se apoya sobre una serie de juicios de hecho, conforme a ello quien quiera objetar
que esta formula no sirve, para objetar deberá probar su falsedad. Como teoría se
le vincula a la formación de un poder soberano capaz de ejercitar coacción.
Su critica se basa en que proviene
de la sociología jurídica y trasunta las diferencias existentes entre
jurisprudencia conceptual y de interés. Interpretación
mecánica y autónomata de la ley.
Como Ideología debemos
entender por ideología , “ cierta toma de posiciones frente a la realidad dada,
todo lo cual se basa en un sistema mas o menos consiente de valores, expresado
en juicios que tienden a ejercer influencia sobre la realidad, ora conservándola.
Como ideología el positivismo la creencia en ciertos valores y sobre la base de esta creencia, confiere el
derecho que es, m por el solo hecho de existir, un valor positivo. Presidiendo de
toda consideración acerca de su correspondencia con el derecho ideal.
LILIA IVETH MALDONADO REYES
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