Distinción entre amparo directo e indirecto
Amparo Directo
Atendiendo al juzgador: En
primera instancia se tramita ante el ante el Tribunal Colegiado de
Circuito y en Segunda Instancia ante la
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Amparo Indirecto
Atendiendo al juzgador: En primera instancia se tramita ante el Juez de Distrito o el Tribunal Unitario de Circuito y en Segunda Instancia ante el Tribunal Colegiado de Circuito
Amparo Directo
Razón del acto reclamado: Pone fin a un juicio.
Amparo Indirecto
Razón del acto reclamado: no pone fin a un juicio.
Amparo Directo
Por la presentación de la demanda: Se tramita ante la autoridad responsable.
Amparo Indirecto
Por la presentación de la demanda: Se tramita ante el juez de amparo.
Amparo Directo
En función del procedimiento: No es necesario ni deseable abrir una segunda etapa probatoria y de alegatos.
Amparo Indirecto
En función del procedimiento: El quejoso tiene una oportunidad probatoria y de alegatos.
Amparo Directo
En cuanto al otorgamiento de la suspensión del acto reclamado: Es la propia autoridad responsable la que tiene que decidir sobre el otorgamiento o la negación de la medida cautelar, es decir, que en cuanto a esa medida es juez en su propia causa.
Amparo Indirecto
En cuanto al otorgamiento de la suspensión del acto reclamado: El juzgador federal que la otorga es una autoridad pública distinta de aquella a la que se atribuye el acto reclamado.
Amparo Directo
Desde la perspectiva del contenido de la sentencia de amparo: El juzgador solo puede pronunciarse sobre la legalidad o constitucionalidad de la sentencia definitiva, laudo o resolución que pongan fin a un juicio.
Amparo Indirecto
Desde la perspectiva del contenido de la sentencia de amparo: El juzgador debe pronunciarse respecto de la legalidad o constitucionalidad del acto reclamado cualquiera que este sea.
Amparo Directo
En cuanto a la impugnación de la sentencia del amparo: Procede siempre que se haya aplicado una norma general que el quejoso estime inconstitucional.
Amparo Indirecto
En cuanto a la impugnación de la sentencia del amparo: Revisión en segunda instancia de manera ordinaria.
Guillermo Taboada Meneses Al juzgado
¡Muchas Gracias la Lic. Guillermo Taboada Meneses del BUFETE JURÍDICO ASISTENCIAL, por esta importante información que publica, sobre la diferencia entre Amparo Directo e Indirecto. Me es de gran utilidad en mis estudios de Derecho en UnADM
ResponderEliminarJ. Luís Gutiérrez-Zamora.
Ciudad Obregón, Sonora, miércoles 26 de octubre del 2016
a mi tambien me sirvieron para mis estudios de la UNADM
ResponderEliminar