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18 ene 2012

CLASIFICACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA

1) De su ámbito ESPACIAL de validez = GENERALES Y LOCALES

2) De su ámbito TEMPORAL de validez = DE VIGENCIA INDETERMINADA

Y DE VIGENCIA DETERMINADA

3) De su ámbito PERSONAL de validez =GENERALES O ABSTRACTAS E INDIVIDUALIZADAS

4) De su ámbito MATERIAL de validez = DE DERECHO PRIVADO Y DE DERECHO PUBLICO

1) POR EL ÁMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ:

Se refiere a la extensión territorial en el que rige la norma jurídica.

a) Normas generales: Rigen en todo el territorio nacional

ejemplo: la Constitución.

b) Normas locales: Rigen en una parte del territorio nacional.

Normas estadales, municipales, locales.

Ejemplo: leyes de asociaciones de vecinos, ordenanzas emanadas del consejo municipal.

1.1) DEL SISTEMA AL QUE PERTENECEN:

c) Normas de Derecho Interno: rigen dentro del Territorio Nacional.

d) Normas de Derecho Externo: Normas de otro país.

e) Normas de Derecho Uniforme: Normas que han sido acogidas por diversos estados a (Derecho Comunitario) través de convenios internacionales.

2) POR EL ÁMBITO TEMPORAL DE VALIDEZ:

se refiere al lapso de tiempo durante el cual la norma estará en vigencia.

a) De vigencia indeterminada: no establece fecha para su culminación.

Ejemplo: Código Civil, Código Penal, Constitución.

b) De vigencia determinada: Cuando se tiene señalado el termino de su duración. Ejemplo: la ley habilitante, la ley de inamovilidad laboral.

3) POR EL ÁMBITO PERSONAL DE VALIDEZ:

Están condicionadas por todas las otras normas del sistema jurídico.

a) Generales o Abstractas: Regulan los comportamientos a que se refieren los elementos de su supuesto de hecho.

Pueden ser:

De Derecho General o Común. Ej: la constitución, códigos

De Derecho Especial. Ej: la Lopna, La Ley de Universidades, Etc.

b) Individualizadas:

Carecen de generalidad, se refieren a casos concretos.

Ejemplo: la Sentencia, contratos, etc.

4) POR EL ÁMBITO MATERIAL DE VALIDEZ:

es decir por las “materias” que constituye el contenido de las normas.

a) Normas de Derecho Privado: Normas que regulan las relaciones de los particulares entre si y entre estos y el Estado cuando el Estado no hace uso del Ius Imperium.

b) Normas de Derecho Publico: Normas que regulan las organización y autoridad del Estado o regulan las relaciones entre estos y los ciudadanos.


GUILLERMO TABOADA MENESES

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