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8 jun 2012


LA JURISPRUDENCIA COMO TÉCNICA
Lani Astrid Solís Christfield ♥

 

El objeto de analizar la jurisprudencia como técnica es permitir una visión global del alcance y significado de la jurisprudencia en sentido amplio, con el fin de hacer de ella una herramienta útil para el jurista.
La ciencia que tradicionalmente ha estudiado la jurisprudencia como fuente de derecho ha sido la dogmática jurídica, mientras que la hermenéutica se ha ocupado de la interpretación de las normas. Sin embargo, esta nueva perspectiva nos permite resumir ambas preocupaciones en una sola disciplina, abarcando así tanto el aspecto formal, es decir, los procedimientos jurídicos de elaboración de la jurisprudencia; como el material, que se refiere a la atribución de significado a la norma, mediante diversas reglas de interpretación y argumentación.

La jurisprudencia en sentido formal, se refiere a los procedimientos establecidos en las normas vigentes para la elaboración de normas jurídicas generales obligatorias que desentrañan el significado de una norma o que integran una laguna, y por la otra, la jurisprudencia en sentido material, que se refiere al proceso intelectual de descubrimiento del significado de la norma; a los métodos utilizados por el intérprete para atribuir el significado, es decir, al contenido de la jurisprudencia.

¿Por qué nos cuestionamos el significado de una norma y de dónde surge la necesidad de desentrañarlo?

Esto se debe a que el derecho se expresa mediante un lenguaje natural, y como tal diversas circunstancias dificultan su comprensión, tales como los problemas de sintaxis, de vaguedad o ambigüedad semántica.

El derecho es en sí un lenguaje que expresa reglas de conducta que pretenden ciertos objetivos para una determinada comunidad en un espacio físico y temporal delimitado por las mismas.
Existen dos formas de aproximarse al derecho, una es desde la llamada perspectiva interna, que es la de los órganos obligados a realizar la aplicación del mismo y cuya interpretación es obligatoria en virtud de su carácter normativo, dado que la función del lenguaje mediante el cual se expresa es prescriptivo. Este tipo de interpretación es la que Kelsen denomina auténtica, en virtud de su obligatoriedad y de la regulación jurídica de sus procedimientos de creación. 
Por otra parte, se encuentra la perspectiva externa que es la del estudioso del derecho o de un tercero interesado que desea saber cuál es el significado de las normas. La interpretación que éstos realizan carecen de fuerza obligatoria dado que se trata de una descripción o valoración del derecho, en este caso la función del lenguaje utilizada por el intérprete es descriptiva.



Es entonces necesario definir el objeto de análisis que es la jurisprudencia, en virtud de que se trata de un término vago que puede referirse tanto a la actividad como al producto de la misma, esta dualidad hace necesario acotar su alcance.

En el ámbito del derecho puede referirse en el primer sentido a:
1. La ciencia del derecho, entendida como la actividad que realizan los juristas cuando describen el derecho, y que se configura como una labor de interpretación, o
2. El derecho elaborado por jueces; en este sentido y dependiendo del sistema puede tratarse tanto de normas individualizadas como de normas generales.

Como producto de dichas actividades puede tratarse de:
1. La norma creada conforme a un determinado procedimiento, siguiendo los criterios establecidos en otra, tales como la reiteración o la no interrupción, por ejemplo, y que emite el órgano competente por lo cual adquiere fuerza obligatoria respecto de los órganos que en otras normas se determinen, o
2. La jurisprudencia como significado de una norma, es decir, como interpretación.
Cabe señalar que el término interpretación también presenta esa ambigüedad de referirse tanto a una actividad como al producto de la misma, la jurisprudencia como interpretación se refiere al producto de la misma, no a la actividad.

La interpretación como actividad cognoscitiva está destinada a desentrañar el significado de algo, ya que como tal, solamente cabe donde existe una duda, ese es su punto de partida. La interpretación jurídica, en sentido estricto, se refiere al significado atribuido a la norma analizada, pero también es una norma cuando en el ordenamiento jurídico se le reconoce dicho carácter y obligatoriedad, lo cual se traduce en su carácter de fuente de derecho, y por lo tanto es significado con rango de norma.

De tal manera que la jurisprudencia es un instrumento que permite llenar las lagunas, tanto las de conocimiento como las de reconocimiento de un sistema jurídico determinado, en virtud de lo cual podemos afirmar que cada caso tiene una solución dentro del propio sistema. De tal forma que el proceso de aplicación de las normas permite determinar su significado, esto confiere certidumbre sobre su aplicación, eliminando así la arbitrariedad de la autoridad, lo cual redunda en una mayor seguridad jurídica. El intérprete debe tomar en cuenta su responsabilidad al crear la jurisprudencia, por lo que la justificación de sus resoluciones es fundamental, y ésta debe ser siempre coherente con el sistema jurídico.

                     

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