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8 jun 2012



RECURSO DE APELACION EN MATERIA PENAL

Una vez que se ha seguido el proceso en un Juzgado Penal, se llega a una etapa que se conoce como cierre de instrucción, en la cual tanto el abogado defensor como el ministerio público adscrito entregaron su conclusiones, en las cuales el primero argumentó por que no es culpable su defendido, mientras que el segundo argumentó porque lo encuentra culpable, por tanto, en base a dichas conclusiones el Juez dicta sentencia, misma que se da a conocer a las partes; la cual podrá ser recurrida cuando alguna de las partes considere que no se aplico la ley correspondiente o se aplico inexactamente, si se violaron los principios reguladores de la valoración de la prueba y del arbitrio judicial o si se alteraron los hechos.

Dicha apelación se enviará al tribunal de alzada quien confirmará, revocará o modificará la resolución combatida.



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