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27 ene 2011

El Derecho en la sociedad

Derecho y Sociedad se encuentran intrínsecamente relacionados, por ello el primero es necesario para la convivencia humana en sociedad, en tanto ordenadora de la conducta humana en sus variadas relaciones socialmente aceptadas; de ahí que los fenómenos sociales exigirán que el derecho en tanto ordenador esté permanentemente a la par con la realidad social, y además, sea instrumento que se valga la sociedad para el cambio y desarrollo, restándosele la consideración de ser meramente un obstáculo para ese cambio y desarrollo

Cuando se crea el derecho sea a través de la regulación de una materia determinada ha de tener su base en un determinado hecho social, y por ende, en un valor subyacente; sino ha de caer casi inevitablemente en ese divorcio del derecho con la realidad social, a menos que dicho mandato legal se legitime con su aplicación práctica; entonces de allí la importancia y su comprensión adecuada de este fenómeno social del derecho con la realidad social y los valores imperantes.


La existencia del derecho en nuestra sociedad es innegable, como necesaria para regular la conducta humana, en sus relaciones con los demás en la sociedad, en la búsqueda de la satisfacción de sus variadas necesidades, y realización de los objetivos que persiga como ser individual ontológicamente libre, con respeto al derecho de los demás, pues en el ejercicio de sus derechos para su desarrollo como persona humana son limitados, que pueden sufrir determinadas restricciones en su ejercicio, pues también ha de considerarse la vigencia de otros valores tan igual de merecedores dignos de tutela, todo ello para fines del restablecimiento del orden social con basamento en el derecho, y que cuan más basta sean las relaciones sociales se van convirtiendo en complejas las relaciones o nuevas situaciones jurídicas y como tal requerirá de mejores mecanismos de regulación y de solución de conflictos. Pero la aspiración del derecho no solo sirva para resolver los conflictos sociales que se presenten, sino también debe ser concebida para la prevención de los mismos; de manera que en la creación del derecho se consolide cada vez mejor en cuanto a su eficacia como instrumento regulador, pero como proceso permanente, de todos las actividades humanas, sean económicas, sociales, comerciales, culturales, etc.

Cecilia Meunier Pérez

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