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25 ago 2011

Navegando en Internet me encontré con esta nota muy interesante, y creo que es de gran interés y me pareció que seria bueno compartirla con ustedes:


LA ERA DEL REFORMISMO PENAL

Publicado el 11/08/2011 por Víctor Manuel Rangel Cortés, Estudiante del Programa de Doctorado por investigación de la UNAM - FES Acatlán.
En los últimos años la situación que vive México ante el crimen organizado ha generado graves problemas de seguridad pública, situación que ha influido, de forma directa, en la reproducción de normas de carácter penal. En tal virtud, desde el año 2000 a la fecha existe una nueva legislación, así como un conjunto grande de reformas a las normas ya vigentes, incluyendo la Constitución Política.
Es prudente recordar que el derecho penal cumple con la función de garantizar la integración social (Jakobs, 2006); asimismo, tiene como objetivo primordial la realización de un ideal de justicia, así como una función social, caracterizada por la prevención del delito con miras a proteger ciertos bienes jurídicos reconocidos por el derecho positivo (Bacigalupo, 1999).
De manera que, históricamente, ha sido fácil vincular al derecho penal con los código penales y los procesales como normas jurídicas, desde una postura positivista, que tienen la pretensión de cumplir las funciones señaladas; sin embargo, siempre se debe considerar que el derecho penal es un sistema de discursos con contenido normativo que circula entre la sociedad (Habermas, 2008).
Este sistema de discursos va mucho más allá de los códigos de la materia (Jakobs, 2006). Incluso cabe apuntar que se trata de un sistema discursivo que se autorreproduce mediante la generación de nuevas normas. En México, esa reproducción de las normas penales se ha acelerado en los últimos años. Esta situación se deriva de las actividades criminales organizadas, que hoy en día amenazan la estabilidad de la sociedad mexicana.
Hablar del crimen organizado es hacer referencia a un sistema muy bien organizado, sólido y con recursos económicos y humanos que lo hacen poderoso, aun frente al Estado mexicano. Ante este grave problema, de las tres actividades estatales, ha destacado la función legislativa, es decir, la creación de la ley penal a partir de reformas constitucionales, reformas a la legislación secundaria y la expedición de nuevas leyes.
De esta forma, ante el contexto actual de inseguridad que vive México, el derecho positivo se ha convertido en una herramienta que sirve para fundamentar las actividades estatales enfocadas a la satisfacción de la seguridad pública.
En tal virtud, hoy existen legislaciones como la Ley General para el Combate y la Prevención del Delito de Secuestro; la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y la Ley Federal de Extinción de Dominio.
El crecimiento de las normas penales que integran al sistema jurídico en México, de pronto aparenta ser una especie de política en materia de seguridad pública basada en el reformismo penal, situación que no puede ser el fundamento para gobernar (Pavarini, 2009); no obstante, es necesario señalar que el derecho positivo, en tanto discurso, genera expectativas mismas que al ser confrontadas con el mundo de los hechos, pueden ser defraudadas (Habermas, 2008).
Desafortunadamente, las noticias reflejan que el conjunto de normas jurídicas que hoy se encuentran vigentes en todo el país no son suficientes para contrarrestar la actividad delincuencial, es decir, el objetivo o la expectativa generada por el derecho de que no exista inseguridad no se está concretando.
Por eso, es importante referir que la seguridad pública no consiste en la mera expedición de leyes. Esta función estatal puede ser entendida como un sistema de protección, basado en acciones programáticas e instrumentales, de los ciudadanos, de su patrimonio, así como la defensa del régimen de garantías y libertades (Polina León, 2007).
Asimismo, su atribución básica es la de conservar el orden y paz públicos, como condición para el desarrollo económico, la seguridad del Estado y la protección de los individuos contra el delito (Polina León, 2007).
Así pues, se trata de que el gobierno del Estado, Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, lleven a cabo la implementación de políticas públicas que tengan como objetivo primordial la prevención del delito (causas y efectos), siempre con base en el pleno respeto por los derechos humanos, para lograr una adecuada condición de paz pública, tranquilidad social y de confianza en la capacidad institucional de gobernar los espacios de la vida pública (Polina León, 2007). HD

http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/hd/art_115.htm

ABRAHAM GARCÍA ANTONIO
BUFETE JURÍDICO ASISTENCIAL UV

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